Vida Sana
Si tu cónyuge no había alcanzado la edad plena de jubilación, el Seguro Social basa los beneficios para sobrevivientes en la cantidad del seguro principal del cónyuge fallecido —el 100% de los beneficios que él o ella hubiera tenido derecho a recibir, según sus ingresos de por vida—.
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Si el trabajador fallecido ya había cumplido la edad plena de jubilación —que en la actualidad es de 66 años y 4 meses para las personas que nacieron en 1956, dos meses más para aquellos nacidos en 1957 y aumentará gradualmente a 67 durante los próximos años—, los beneficios para sobrevivientes se basan en lo que la persona fallecida cobraría si hubiera solicitado los beneficios en el mes de su muerte. Eso significa que cualquier crédito por jubilación aplazada que el cónyuge fallecido hubiera acumulado se tomará en cuenta para los beneficios del cónyuge viudo. Estos créditos aumentan los beneficios en dos tercios del 1% por cada mes que el trabajador haya sobrepasado la edad plena de jubilación.
Digamos que un trabajador asalariado que había pasado la edad plena de jubilación de 66 años y 4 meses nunca solicitó los beneficios en base a su propio registro de ingresos y murió en el mes en que cumplió 68 años. El cálculo de los beneficios del cónyuge sobreviviente incluiría 20 meses de créditos por jubilación aplazada. Esto aumentaría el beneficio para sobrevivientes en un 13.7%.
Ten en cuenta que
- El cónyuge viudo tiene que haber cumplido la edad plena de jubilación para recibir el 100% de los beneficios que el cónyuge fallecido tenía derecho a recibir. Si solicitas beneficios para sobrevivientes antes de alcanzar la edad plena de jubilación, el pago mensual será del 71.5% al 99% de los beneficios de la persona fallecida.
- La plena edad de jubilación para los beneficios de superviviente es de 66 años para quienes nacieron en 1956, dos meses más para aquellos nacidos en 1957, y aumentará gradualmente hasta los 67, pero a un ritmo diferente al de los beneficios de jubilación.
Actualizado el 21 de diciembre de 2022
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