Vida Sana
Los beneficios para sobrevivientes pueden pagarse a los cónyuges, excónyuges, hijos y padres de una persona que reunía los requisitos para el Seguro Social o ya lo recibía al momento de la muerte. La duración de los beneficios para sobrevivientes depende de quién los recibe.
Viudos y viudas
La mayoría de quienes reciben beneficios para sobrevivientes —a octubre de 2022, dos tercios de ellos— son los cónyuges sobrevivientes o cónyuges divorciados sobrevivientes de trabajadores fallecidos. En general, los cónyuges y excónyuges se vuelven aptos para recibir beneficios para sobrevivientes a los 60 años —50 si tienen una discapacidad—, siempre y cuando no se vuelvan a casar antes de llegar a esa edad.
Estos beneficios se pagan de por vida, a menos que el cónyuge empiece a cobrar un beneficio jubilatorio mayor al beneficio para sobrevivientes. Los beneficiarios que tienen derecho a recibir dos tipos de pagos del Seguro Social reciben la cantidad más alta de las dos.
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Madres y padres
El Seguro Social puede pagar “beneficios para madres o padres” a cónyuges o excónyuges sobrevivientes de cualquier edad si cuidan de hijos o nietos dependientes (menores de 16 años o con una discapacidad) de un trabajador fallecido.
Los beneficios para madres o padres terminan si el cónyuge o excónyuge sobreviviente:
- Ya no cuida de un hijo menor de 16 años o discapacitado con derecho a recibir beneficios sobre el historial de ingresos de un trabajador fallecido.
- Se vuelve a casar. Existen algunas excepciones si el matrimonio es con alguien que recibe ciertos tipos de beneficios del Seguro Social.
- Cumple con los requisitos para recibir beneficios para viudos.
- Reúne los requisitos para recibir un beneficio jubilatorio más alto que cualquier beneficio para sobrevivientes.
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¿Puedo cobrar mi propia pensión del Gobierno y el Seguro Social en base al historial de mi cónyuge?
Sí, aunque una regla del Seguro Social llamada Ajuste por pensión del Gobierno (GPO) reduciría tus beneficios.¿Lo que mi cónyuge gana afecta el límite de ingresos para mis beneficios?
No. Incluso si presentan declaraciones de impuestos conjuntas, pero podrías ser reducidos.¿Mi pensión militar afecta mis beneficios del Seguro Social?
No. Puedes recibir tanto tus beneficios del Seguro Social como tu pensión militar.