Vida Sana
Cuando se trata de los beneficios de cada cónyuge, no. Ambos pueden recibir pagos jubilatorios en base a sus propios registros de ingresos y la edad en la que solicitaron los beneficios. Un pago no compensa ni afecta el otro.
Sin embargo, hay un beneficio máximo familiar, la cantidad límite que una familia puede cobrar del Seguro Social en función del registro de ingresos de un trabajador individual (incluidos los beneficios para cónyuges, hijos y sobrevivientes). La cantidad máxima está entre el 150% y el 188% del pago mensual de beneficios del trabajador a la edad plena de jubilación.
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También hay un beneficio máximo jubilatorio individual, la cantidad límite que un individuo puede cobrar del Seguro Social cada mes. Para recibir los beneficios más altos posibles, debes haber ganado al menos el ingreso máximo sujeto a impuestos (la cantidad de ingresos sujetos a impuestos del Seguro Social) durante 35 de tus años laborales.
Para un beneficiario que reúna los requisitos y alcance la edad plena de jubilación en el 2023, el pago máximo es de $3,627; para uno que cumpla 70 años, es de $4,555. Si cualifican en base a sus propios historiales laborales, una pareja casada puede recibir, cada uno, el beneficio máximo jubilatorio individual.
Ten en cuenta que
El beneficio máximo jubilatorio individual puede cambiar cada año a medida que el Seguro Social ajuste el ingreso máximo sujeto a impuestos (según las tendencias de salario nacionales) y aplique un aumento por costo de vida, si corresponde.
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¿Los ingresos de mi cónyuge afectan mis beneficios jubilatorios del Seguro Social?
No. Cada cónyuge puede solicitar sus propios beneficios jubilatorios basados solamente en su registro de ingresos individual.
¿Mi cónyuge puede cobrar el Seguro Social con base a mi registro de ingresos antes de que yo me jubile?
Antes sí se podía, pero la ley cambió.
¿Las parejas todavía pueden usar la estrategia de "solicitar y suspender"?
No. El Congreso eliminó las lagunas que hacían posible solicitar y suspender.