Vida Sana
El matrimonio no tiene ningún impacto sobre tus beneficios jubilatorios del Seguro Social, que son basados en tu historial laboral y tu registro de ingresos. Tú y tu cónyuge (suponiendo que él o ella también reúna los requisitos para recibir beneficios jubilatorios) cobran sus beneficios por separado, y las cantidades no se limitan ni se afectan entre sí.
Sin embargo, volverte a casar puede afectar tus beneficios —no tus beneficios jubilatorios, pero cualquier beneficio que estés cobrando en función del historial de un exesposo o de un cónyuge fallecido—.
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Por ejemplo, la mayoría de las personas viudas son aptas para recibir beneficios para sobrevivientes basados en el historial del cónyuge fallecido cuando cumplen 60 años (50 si el cónyuge que vive tiene una discapacidad); pero renuncian al beneficio si se vuelven a casar antes de alcanzar esa edad. No hay penalidad para volverse a casar después de los 60 (50 si es discapacitado). Y si te casaste antes de cumplir 60 y el matrimonio termina, vuelves a reunir los requisitos para recibir beneficios para sobrevivientes.
Lo mismo ocurre si eres divorciado y recibes beneficios para sobrevivientes en función del historial de un excónyuge fallecido. Pero si eres divorciado y recibes beneficios para cónyuges basados en el historial de un excónyuge que vive, esos pagos se terminan si te vuelves a casar, a cualquier edad. Solo puedes cobrar esos pagos si eres soltero en la actualidad o en el futuro.
Ten en cuenta que
- No hay un beneficio máximo para parejas, pero sí hay un beneficio familiar máximo. Limita cuánto una familia puede recibir del Seguro Social en base al historial de ingresos de un trabajador que gana un sueldo. Esto incluye los pagos jubilatorios o por discapacidad del trabajador, más los beneficios para cónyuges e hijos.
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¿Las personas casadas con alguien del mismo sexo pueden obtener beneficios del Seguro Social?
Sí. La Corte Suprema de Estados Unidos estableció el derecho al matrimonio para las parejas del mismo sexo a nivel nacional.
¿Puedo cobrar beneficios para cónyuges si me gané mis propios beneficios del Seguro Social?
Técnicamente, sí. Pero no esperes la misma cantidad.
¿Puedo solicitar el Seguro Social a los 62 años y luego cambiar a los beneficios para cónyuges?
Solo si tu cónyuge todavía no recibe beneficios jubilatorios.