Vida Sana
Sí, pero solo en determinados momentos. Además, quizá debas pagar una multa por inscripción tardía, a no ser que tengas derecho a lo que se considera un período de inscripción especial, o SEP.
Si bien tienes derecho a inscribirte en Medicare al cumplir 65 años, serás inscrito automáticamente si empezaste a recibir beneficios del Seguro Social o de la Junta de Jubilación Ferroviaria por lo menos cuatro meses antes de ese cumpleaños. En caso contrario, debes hacer los trámites para inscribirte tú mismo.
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¿Cuándo es lo más pronto que puedo inscribirme en Medicare?
A menos que tengas derecho a recibir Medicare antes de cumplir los 65 años debido a una discapacidad, el primer momento en que puedes inscribirte es durante el período de inscripción inicial (IEP), que comienza el primer día del mes, tres meses antes del mes en que cumples 65 años, y se extiende hasta tres meses después del mes de tu cumpleaños.
Por lo tanto, aunque hayan pasado algunos meses desde que cumpliste 65 años, tal vez aún estés en el período de inscripción inicial. El punto del período de inscripción inicial en el que te encuentres determinará el momento en el que comienza tu cobertura de Medicare:
- Si te inscribes durante esos tres primeros meses antes de tu cumpleaños, la cobertura de Medicare comienza el primer día del mes en que cumples 65 años (o el primer día del mes anterior, si tu cumpleaños es el primer día del mes).
- Si te inscribes durante el mes en que cumples 65 años o en los tres meses después del mes de tu cumpleaños, la cobertura comienza el primer día del mes siguiente.
¿Qué sucede si ya pasó mi período de inscripción inicial?
Las reglas de inscripción son diferentes para la Parte A de Medicare, que cubre los gastos de hospitalización, y para la Parte B, que ayuda a pagar los gastos médicos y de servicios ambulatorios.
Si tienes derecho a recibir la Parte A sin pago de primas, como es el caso de la mayoría de las personas, puedes inscribirte en esa cobertura durante el período de inscripción inicial o en cualquier momento posterior sin tener que pagar una multa. Tu cobertura de la Parte A será retroactiva hasta seis meses, pero no podrá ser efectiva antes del mes en que cumpliste 65 años.
La Parte B no es tan flexible. Si te perdiste el período de inscripción inicial, tal vez puedas inscribirte más tarde sin pagar ninguna multa si reúnes los requisitos para un período especial de inscripción.
Puedes acceder a un período especial de inscripción si tú o tu cónyuge continúan trabajando y tienes seguro médico a través de ese empleador. En ese caso, tendrás derecho a un período de inscripción especial que te permite inscribirte en Medicare durante todo el tiempo que tengas esa cobertura y hasta ocho meses después de que termine el empleo o la cobertura, lo que ocurra primero.
Solo cuenta la cobertura a través de un empleador actual. No tendrás derecho a participar en un SEP si tienes cobertura del plan de tu antiguo empleador por medio de COBRA, el Departamento de Asuntos de Veteranos, cobertura médica para jubilados militares de Tricare, un plan de jubilación de un sindicato laboral o cualquier otro plan de salud para jubilados. Tú o tu cónyuge deben estar trabajando activamente para el empleador que les proporciona el seguro.
Si te inscribes mientras todavía continúas trabajando o durante el primer mes después de dejar el plan, la cobertura de la Parte B comenzará el primer día del mes después de tu inscripción o el primer día de cualquiera de los tres meses siguientes.
Si te inscribes durante los siete meses restantes después de que tú o tu cónyuge dejan de trabajar, tu cobertura comenzará el primer día del mes siguiente. Por ejemplo, si dejas de trabajar en abril pero te inscribes en la Parte B en junio, tu cobertura comenzará en julio.
Las condiciones de los SEP se ampliaron en el 2023 para incluir otras circunstancias, como no poder inscribirse durante el período de inscripción inicial debido a un desastre natural.
La cobertura de la Parte A sin pago de primas comienza con seis meses de retroactividad, pero no antes del mes en que cumplas 65 años.
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